Juez rechaza recurso interlocutorio en demanda de MLC contra Spotify


Crédito de la foto: Alexander Shatov

Casi 28 meses después de que iniciara la batalla legal entre la Mechanical Licensing Collective y Spotify por los paquetes de suscripción, un juez federal ha rechazado la solicitud de la MLC para presentar una apelación interlocutoria.

Analizamos este movimiento directo a principios de 2026, tras una victoria contundente para Spotify en 2025. Como muchos recordarán, este fallo dio la razón a la clasificación de las suscripciones Premium como paquetes (debido a la disponibilidad conjunta de música y audiolibros) bajo las normas de Phonorecords IV.

A estas alturas, las profundas repercusiones en las regalías de dicha clasificación —“Spotify podría deber a los compositores cientos de millones de dólares en pagos retroactivos” debido al auge de los paquetes comerciales, según la MLC— ya no son ningún secreto.

Por lo tanto, no sorprendió que la parte demandante, que sigue adelante con una demanda modificada contra Spotify, intentara llevar la cuestión central de los paquetes ante un tribunal de apelaciones.

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“Si el Segundo Circuito terminara discrepando de la orden [que desestimó la acción inicial de la MLC], las reclamaciones originales de la entidad se restablecerían, lo que exigiría volver a litigar el caso con un proceso de descubrimiento de pruebas adicional, más mociones y un segundo juicio”, señaló previamente la Mechanical Licensing Collective. “Conceder una revisión interlocutoria ahora permitiría una resolución completa y definitiva de todas las reclamaciones de la MLC de una vez, evitando procedimientos duplicados”.

Como se mencionó, la jueza de distrito Analisa Torres ha rechazado la petición de apelación interlocutoria, indicando en parte que la “MLC no ha cumplido con su carga de demostrar que existe un ‘fundamento sustancial para la divergencia de opiniones’ respecto a la orden de desestimación del tribunal”.

“El tribunal se mantiene en su postura de que el texto literal del artículo § 385.2 no deja ninguna ambigüedad sobre si el servicio Premium combina ‘uno o más productos o servicios’ de ‘valor superior al nominal’ con un servicio de streaming musical por suscripción”, escribió la jueza Torres.

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“Pero, incluso si este tribunal estuviera de acuerdo con la MLC, la existencia de ‘margen para un desacuerdo razonable’ en torno a nuestra decisión anterior no constituye un motivo suficiente para apartarse de la regla de sentencia firme y certificar una apelación interlocutoria”, continuó la magistrada.

“Permitir que las partes inunden al Segundo Circuito con apelaciones interlocutorias cada vez que se pueda disentir de forma ‘razonable’ de una orden judicial representaría un obstáculo significativo para una revisión de apelación eficiente y expeditiva”.

Más allá de esta clara resolución, la MLC logró una pequeña victoria: el tribunal también aceptó su moción para anular una de las defensas afirmativas de Spotify, la cual se centraba en el argumento de que la plataforma había sido señalada injustamente a pesar de que otras plataformas competidoras también ofrecían sus propios paquetes.

“El argumento de Spotify no prospera porque, incluso aceptando como cierto que la MLC está aplicando selectivamente la sección 115 de la Ley de Propiedad Intelectual, nada de dicha aplicación selectiva constituye una ‘conducta inescrupulosa’”, resumió la jueza Torres.

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Respaldándose además en los precedentes establecidos en el antiguo caso SoundExchange v. Muzak, el tribunal reiteró que “Spotify no aporta ninguna base legal que obligue a la MLC a aplicar la sección 115 de la misma manera y al mismo tiempo contra todos sus competidores”.

De este modo, la defensa de aplicación selectiva de Spotify queda descartada, y la vía de una apelación interlocutoria sobre el tema de los paquetes ha quedado cerrada.

En cuanto a los próximos pasos, la fase de instrucción avanza a pleno rendimiento y, a finales de julio, el tribunal accedió a prorrogar los plazos correspondientes hasta noviembre, aunque advirtió firmemente que “es poco probable que se concedan más prórrogas en este calendario” debido a que el litigio “lleva activo más de 2 años”.





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