En una nueva y ajetreada semana de noticias sobre inteligencia artificial, se han emitido dos fallos judiciales clave —uno en Japón y otro en Estados Unidos— que abordan directamente dos de los debates más candentes del sector: ¿ofrecen los derechos de imagen y publicidad protección frente a las réplicas de voz generadas por IA, y constituye el entrenamiento de sistemas de IA un “uso justo” (*fair use*) según la legislación estadounidense?
En territorio japonés, el Tribunal de Distrito de Tokio determinó que un artista puede frenar el empleo no autorizado de su voz por parte de una IA apelando a sus derechos de publicidad. Por su parte, la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito de EE. UU. sentenció que la empresa tecnológica Ross Intelligence no puede ampararse en la defensa del uso justo dentro de su disputa legal contra Thomson Reuters.
Ambas sentencias suponen un panorama favorable para la industria musical, aunque el alcance real del fallo sobre el uso justo podría ser acotado al no tratarse estrictamente de inteligencia artificial generativa.
Derechos de publicidad en Japón
Comenzando por Japón, el actor Kenjiro Tsuda —famoso por poner voz al personaje Kento Nanami en el anime ‘Jujutsu Kaisen’— demandó a TikTok a raíz de 188 vídeos publicados por un perfil anónimo en la plataforma que, según denunció, utilizaban una narración creada por IA para clonar su voz de manera idéntica.
Tanto actores como músicos buscan garantías legales para impedir que sus voces se utilicen sin permiso en contenidos sintéticos. Tradicionalmente, se considera que los derechos de publicidad (también denominados derechos de la personalidad en ciertas jurisdicciones) pueden servir de escudo, aunque el encaje exacto de esta figura en el ámbito de la voz aún se encuentra en una fase de definición jurídica.
Este litigio marca la primera ocasión en que un tribunal japonés aborda de forma directa la colisión entre los derechos de publicidad y los clones de voz generados por algoritmos. La jueza presidenta, Aya Takahashi, concluyó que “el uso no autorizado de la voz de un intérprete constituye una vulneración de los derechos de publicidad”.
No obstante, la magistrada matizó que esta cobertura jurídica se activa únicamente cuando “el propósito de emplear la voz busca de forma exclusiva beneficiarse de su atractivo comercial”.
Esto implica que el demandante debe demostrar una intencionalidad comercial por parte de quien utiliza el clon vocal. En este supuesto concreto, la cuenta de TikTok incriminada empleaba además una imagen muy similar al personaje de Tsuda en ‘Jujutsu Kaisen’, lo que presuntamente evidenciaba dicha intención.
Aunque Takahashi desestimó ordenar una medida cautelar para obligar a TikTok a retirar los archivos dado que ya habían sido borrados, el veredicto representa un gran triunfo para el gremio artístico en Japón.
Pese a que estas resoluciones judiciales que reconocen la voz como parte de los derechos de personalidad son alentadoras, diversos colectivos profesionales reclaman la creación de leyes específicas sobre réplicas digitales que garanticen una protección clara tanto para la imagen como para la voz frente a las herramientas de IA.
Conseguir esta tipificación resulta especialmente prioritario en países como el Reino Unido, donde la figura legal de los derechos de publicidad o de la personalidad brilla por su ausencia.
El uso justo en Estados Unidos
Cruzando al continente americano, el nuevo veredicto sobre el uso justo se enmarca en la longeva batalla judicial entre la ya extinta empresa de IA Ross Intelligence y el gigante de datos y noticias Thomson Reuters.
Ross diseñó un buscador de investigación jurídica impulsado por IA que, para nutrir su entrenamiento, absorbió materiales publicados por Westlaw —la plataforma legal de Reuters—, centrándose especialmente en los extractos analíticos o *headnotes* que resumen las claves de las sentencias. Posteriormente, el software de Ross comenzó a competir de forma directa con los servicios de Westlaw.
Al igual que la gran mayoría de compañías de IA denunciadas por infracción de copyright al entrenar sus modelos, Ross defendió que su reutilización de los contenidos de Westlaw entraba dentro de la categoría de uso justo (*fair use*) de la ley estadounidense, eximiéndole de pedir autorización previa a Reuters.
El núcleo de casi todas las demandas por plagio contra empresas de IA —incluidas las interpuestas por el sector discográfico— gira en torno a si el entrenamiento de los modelos califica o no como uso justo. Mientras que los titulares de derechos, como los sellos y editoriales musicales que han llevado a los tribunales a Suno, Udio y Anthropic, defienden que entrenar una IA nunca puede ser un uso justo, las tecnológicas sostienen lo contrario.
El caso Reuters contra Ross acaparó los titulares por convertirse en el primer procedimiento sobre IA en llegar a una sentencia firme de fondo, pasando primero por un tribunal de distrito y ahora por una corte federal de apelaciones. En ambas instancias, los magistrados determinaron que la extracción de los resúmenes de Westlaw por parte de Ross no encajaba en el uso justo, constituyendo por tanto una violación de los derechos de autor de Reuters.
Cualquier fallo judicial que rehtíce la coartada del uso justo beneficia de inmediato a las industrias creativas y musicales. Por este motivo, las principales asociaciones comerciales que representan a las discográficas y editoriales norteamericanas presentaron un escrito de amicus curiae ante la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito instándola a respaldar el criterio del tribunal inferior.
En su escrito, señalaban que este pleito “constituye la primera oportunidad para que un tribunal federal de apelación determine lo que se está discutiendo en todo el país: si la copia de obras protegidas con el fin de entrenar un modelo de inteligencia artificial comercial está sujeta a la defensa del uso justo cuando dicho modelo compite directamente con el material original sobre el que ha sido entrenado”.
El tribunal de primera instancia, añadieron, “respondió a esta cuestión de manera acertada con un no”. Y concluyeron que, “aunque el contexto fáctico entre las herramientas jurídicas de IA y la música generada por IA difiera, la jurisprudencia establecida sostiene que entrenar un modelo con obras protegidas para competir y sustituir a dichas obras jamás podrá considerarse uso justo”.
Huelga decir que las discográficas y editoriales celebran la decisión del Tercer Circuito, a pesar de que el software objeto del litigio no era una herramienta generativa —a diferencia de las desarrolladas por Suno, Udio o Anthropic—, un matiz de enorme relevancia.
De hecho, en resoluciones recientes sobre otros litigios de copyright centrados exclusivamente en modelos generativos de Meta y Anthropic, los jueces de distrito aceptaron los argumentos de defensa de uso justo de las tecnológicas.
El magistrado que emitió el fallo original del caso Reuters contra Ross quiso recalcar esta distinción en su escrito al señalar que, “dDado que el ecosistema de la inteligencia artificial evoluciona a gran velocidad, debo puntualizar que hoy solo estoy juzgando a una IA no generativa”.
Asimismo, en una nota a pie de página dentro de la nueva sentencia de apelación, los jueces aluden a la reCIente intervención del Departamento de Justicia de EE. UU. en otro caso de copyright contra OpenAI, donde la administración gubernamental defendió que el entrenamiento de sistemas de IA debe considerarse uso justo.
Los jueces apuntaron que los argumentos del Departamento de Justicia “no aplican en este supuesto”, puesto que “la plataforma de IA de Ross carece de la capacidad de generar expresiones originales”.
Todo esto otorga argumentos a Suno, Udio y Anthropic para defender que el fallo de Reuters contra Ross no resulta aplicable a sus respectivos frentes abiertos con la industria musical, aunque los sellos y editoriales, como era de esperar, opinen exactamente lo contrario.





